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10/23/2021

RESPUESTA A LO QUÉ SUCEDE CON LA EDUCACIÓN FÍSICA COLOMBIANA A NIVEL LEGISLATIVO


En el planisferio al revés en el cual vivimos y que Colombia no es sustracción de materia la educación física no se maneja como la ley lo expresa en el artículo 52, la Ley 181 de enero 18 1995 del Ministerio de Educación y la Ley 115 de febrero 18 1994 donde en suma establecen que todos los habitantes tienen iguales oportunidades de acceso, tránsito y permanencia en el sistema educativo nacional las cuales encierra todas las fortalezas lo que debiera permitir el normal desarrollo de los procesos y por consiguiente, el desarrollo integral de los niños y adolescentes.

Asimismo se anuncia que el sistema es el conjunto de organismos articulados entre sí, para permitir el acceso a la comunidad al deporte, a la recreación, el aprovechamiento del tiempo libre y la educación. También se reconoce el derecho de todas las personas a la recreación, a la práctica del deporte y al aprovechamiento del tiempo libre. El Estado fomentará las actividades e inspeccionara las organizaciones deportivas cuya estructura y propiedad deberán ser democráticas.

De manera que, toda está excelsa literatura emana de nuestra Constitución Política Nacional y lo expresa de manera taxativa, lo cual no admite discusión y corta cualquier posibilidad de réplica.
Es menester puestas así las cosas, no admitir discusión lo que debe ser el cumplimiento al pié de la letra de lo que expresa nuestra Carta Magna en el artículo 52 con relación al deporte y la actividad física y las dos bellezas de documentos legales enumerados en párrafos anteriores que emanan de la misma y no presentar una gestión de Estado y de gobierno de turno como algo genial, porque no lo es; solo es una de las funciones de un buen administrador de Estado y del gobierno.

La ignorancia de lo tipificado en los citados documentos ha sido y es permanente violado por nuestro Estado y los gobiernos de turno desde siempre acompañado de un alto grado de discriminación, no nombrando Licenciados y/o profesionales del área en la básica primaria Estatal lo que impide la aplicación de contenidos científicos que permitan el desarrollo de las cualidades físicas y la óptima base deportiva para descubrir talentos que en el futuro deseen especializarse en deportes para representar su departamento a nivel nacional e internacional.


No contentos con esto el abuso continúa con la deficiencia de horas en la básica secundaria porque las rectorías remplazan las clases de Educación Física por asignaturas de contenido cognitivo, privando a todos los grupos del disfrute y beneficios de la Educación Física, La Recreación y el deporte.

Una amenaza aún mayor representa la nueva ley del deporte en proyectos radicados 2020-2021, Ley 400 de 2021 en su robusto texto de 90 páginas que se discute en el Congreso la cual pretende eliminar el área de la asignatura de la Educación Física de los currículos escolares.



Viseaf & Hábitos Saludables

Por: Andrés Nicolás Olivares León

Colaborador: José Francisco Mora Núñez

Ilustrador digital: Luis Fernando Soto Sáenz

Procedencia de las imagenes deporteydiversion.wordpress.com ceipfranciscoayala.blogspot.com y leyes.senado.gov.co


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